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Finjus afirma que el TSE debió conocer recurso contra reglamento de la JCE sobre encuestas electorales

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró que el Tribunal Superior Electoral (TSE) debió asumir el conocimiento del recurso presentado contra el reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que restringe la publicación de encuestas electorales en períodos no previstos por la ley, al advertir que la decisión de declararse incompetente altera el diseño institucional establecido por la Constitución. Por: Virtudes Álvarez Sampedro Santo Domingo.– La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) sostuvo que el Tribunal Superior Electoral (TSE) debió conocer y decidir el recurso interpuesto contra la Resolución 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que prohíbe la publicación de encuestas electorales fuera de los períodos establecidos por la legislación vigente. En un comunicado remitido a los medios de comunicación, la entidad afirmó que la decisión del TSE de declararse incompetente y remitir el caso al Tribunal Constitucional debilita la vía jurídica prevista para resolver controversias propias de la jurisdicción electoral. “La decisión jurídicamente más consistente habría sido que el Tribunal Superior Electoral asumiera el conocimiento del recurso y resolviera la controversia”, expresó Finjus. La organización explicó que, si durante el conocimiento del expediente los jueces del TSE hubieran identificado una cuestión de constitucionalidad que excediera sus atribuciones, el ordenamiento jurídico dispone de mecanismos adecuados para atender esa situación sin que el tribunal renuncie a la competencia que le asignan la Constitución y la ley. Defensa del diseño institucional Finjus advirtió que convertir al Tribunal Constitucional en el destinatario habitual de las impugnaciones contra reglamentos administrativos desnaturaliza la función de esa alta corte y altera el equilibrio institucional concebido por el constituyente. La entidad sostuvo que el debate trasciende la validez de un reglamento electoral, ya que involucra el alcance de las competencias constitucionales de la jurisdicción electoral y la preservación del modelo institucional diseñado por la Carta Magna. En ese contexto, recordó que el Tribunal Superior Electoral fue creado como el órgano especializado para conocer los conflictos contencioso-electorales. “La especialización del TSE perdería contenido si cada vez que un reglamento electoral fuera impugnado bajo el argumento de infringir la Constitución o la ley, el juez electoral declinara su competencia en favor del Tribunal Constitucional”, señaló la fundación. Asimismo, enfatizó que la sola invocación de disposiciones constitucionales no convierte automáticamente un litigio contencioso-electoral en una acción directa de inconstitucionalidad, por lo que corresponde al TSE ejercer las funciones que le atribuye el ordenamiento jurídico. Controversia por el reglamento sobre encuestas El pronunciamiento de Finjus se produce en medio del debate generado por la Resolución 14-2026 de la Junta Central Electoral, que regula la publicación de encuestas electorales y cuya legalidad ha sido cuestionada mediante un recurso sometido ante la jurisdicción electoral. Para la organización, preservar la competencia del Tribunal Superior Electoral resulta esencial para garantizar la especialización de la justicia electoral y mantener el equilibrio institucional previsto por la Constitución de la República.  

TSE suspende reunión del PLD para selección de precandidatos presidenciales

Por Thiago Zorrilla Acosta El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó la suspensión provisional de la reunión del Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), programada para el domingo 8 de junio, donde se tenía previsto seleccionar a los aspirantes a precandidaturas presidenciales para las elecciones de 2028. La medida cautelar también abarca todos los actos vinculados a la ejecución del numeral 3 del Acta número 3, emitida el 3 de marzo de 2025, referente al mecanismo y fecha para la elección interna de precandidatos presidenciales. El TSE fundamentó su decisión en la verosimilitud del derecho invocado y la existencia de un perjuicio que podría afectar la efectividad de la tutela en una sentencia definitiva. La suspensión se mantendrá vigente hasta que el Tribunal emita una resolución definitiva sobre el fondo de la demanda o se presente una causa que justifique su revisión, según lo ordenaron los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Rosa Pérez de García y Pedro Pablo Yermenos Forastieri. Además, el Tribunal rechazó los recursos presentados por la parte demandada, entre ellos, el medio de inadmisión por extemporaneidad, argumentando que la medida cautelar fue interpuesta dentro del marco del proceso principal, cumpliendo con los requisitos legales establecidos. Asimismo, desestimó la falta de legitimación procesal activa del demandante, Eleuterio Abad Santos, quien acreditó su condición de miembro del PLD, y rechazó la falta de interés para judicializar la actuación cuestionada, reconociendo el derecho de cualquier afiliado a defender la democracia interna del partido. También fue rechazado el argumento de no agotamiento de la vía interna como requisito para incoar la medida cautelar, confirmando que esta no es una condición necesaria para su admisión. Con esta resolución, el TSE reafirma su papel en la supervisión y regulación de los procesos internos de los partidos políticos, asegurando que se respeten los derechos y procedimientos establecidos para la selección de candidaturas presidenciales.

Elecciones en la República Dominicana en la mirada de los observadores de la OEA

Eduardo Frei Ruiz-Tagle, jefe de la Misión de Observadores de la OEA para las elecciones 2024 en las que los dominicanos elegirán al presidente y a sus congresistas. (FOTO: umbral.local/) Por Thiago Zorrilla Acosta En la víspera de un nuevo proceso electoral en República Dominicana, la figura del expresidente chileno Eduardo Frei resurge en el panorama político, no como candidato, sino como garante de la democracia. Frei, al frente de la misión de observación electoral de la Organización de los Estados Americanos (OEA), se ha convertido en la voz que clama por el respeto al sufragio en las elecciones presidenciales y congresuales de este 19 de mayo. La reunión con el presidente Luis Abinader, quien busca la reelección, no fue más que un acto protocolar donde Frei agradeció la hospitalidad y reafirmó el compromiso de la OEA con la transparencia electoral. La misión que dirige, la vigésima segunda en este país, se extiende más allá del conteo de votos; abarca la tecnología y los temas de género, con una delegación de más de 84 representantes diseminados por el territorio nacional. Los avances desde la última misión en 2020 son palpables, según Frei. La OEA no solo observa sino que también recomienda, buscando que cada proceso electoral sea un peldaño más hacia el fortalecimiento democrático. Las recomendaciones emitidas en misiones anteriores han encontrado eco en la Junta Central Electoral (JCE), que ha incorporado muchas de ellas en su plan de acción. La JCE, bajo el escrutinio de la OEA, parece haber adoptado una postura de apertura hacia las sugerencias internacionales. Frei enfatiza que su rol no es legislar ni adjudicar cargos, sino colaborar para que la ciudadanía y las autoridades puedan confiar en la legitimidad del proceso electoral. Ya se han llevado a cabo reuniones con el Pleno de la JCE y el Tribunal Superior Electoral (TSE), y están programados encuentros con los candidatos. La misión de la OEA permanecerá en el país hasta el miércoles posterior a las elecciones, asegurando que su presencia sea un recordatorio constante de la importancia de cada voto y de la transparencia como pilar de la democracia dominicana.