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Nuevo Código Penal entra en vigencia sin las recientes modificaciones a 27 artículos

El nuevo Código Penal dominicano entra en vigencia este 3 de agosto con penas de hasta 40 años de prisión y 60 años por acumulación de condenas, además de nuevos delitos. Las modificaciones realizadas recientemente a 27 artículos deberán esperar su publicación oficial para adquirir efecto legal. Por Servicios Umbral Santo Domingo.– El nuevo Código Penal de la República Dominicana entra en vigencia este lunes 3 de agosto con un endurecimiento de las penas y la incorporación de nuevas figuras delictivas. Sin embargo, las modificaciones aprobadas recientemente a 27 de sus artículos todavía no tienen efecto legal, debido a que está pendiente su publicación oficial. La legislación establece penas máximas de hasta 40 años de prisión y permite alcanzar los 60 años cuando se trate de condenas acumuladas. También incorpora delitos vinculados con nuevas formas de criminalidad, violencia y el uso de tecnologías. Las modificaciones posteriores, contenidas en la Ley 44-26, deberán cumplir el procedimiento de publicación y los plazos previstos por la legislación dominicana antes de comenzar a aplicarse. Modificaciones aún no tienen efecto legal El expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, explicó que las reformas realizadas a los 27 artículos no entran automáticamente en vigencia junto con el nuevo Código Penal. De acuerdo con el jurista, para que esos cambios produzcan efectos jurídicos deben ser publicados oficialmente y cumplirse posteriormente los plazos establecidos en el artículo 1 del Código Civil. La Ley 74-25 es la normativa mediante la cual fue promulgado el nuevo Código Penal, mientras que la Ley 44-26 contiene las modificaciones introducidas posteriormente a 27 de sus artículos. En consecuencia, hasta que se complete el procedimiento legal correspondiente, el Código comienza a aplicarse sin esas reformas recientes. Penas de hasta 60 años por acumulación de condenas Uno de los cambios de mayor alcance de la nueva legislación penal es el incremento de las penas de prisión. El Código establece una pena máxima de 40 años para determinados delitos y permite que las condenas acumuladas alcancen hasta los 60 años, ampliando considerablemente los límites previstos por la legislación anterior. Para los casos de feminicidio, la nueva normativa contempla penas que pueden alcanzar los 40 años de prisión. Nuevos delitos incorporados al Código Penal La legislación actualiza además el catálogo de infracciones para responder a conductas delictivas que habían adquirido relevancia durante los últimos años y que no estaban adecuadamente contempladas por el antiguo Código Penal. Entre las nuevas figuras se encuentran el ciberacoso, sicariato, fraude piramidal, desaparición forzada y chantaje mediante fotografías o contenidos íntimos. También se establecen sanciones severas para los ataques perpetrados mediante sustancias corrosivas, particularmente los asociados al denominado “ácido del diablo”, una modalidad de agresión que ha provocado preocupación social por sus graves consecuencias para las víctimas. La publicación determina la entrada en vigencia El artículo 1 del Código Civil establece que las leyes, después de ser promulgadas por el Poder Ejecutivo, deben ser publicadas oficialmente para que puedan surtir sus efectos. La disposición establece además plazos diferenciados para que las normas se reputen conocidas: en el Distrito Nacional, al día siguiente de su publicación, y en las demás provincias, el segundo día, salvo que exista una disposición legislativa expresa que establezca otro procedimiento. Este requisito explica por qué las modificaciones contenidas en la Ley 44-26 no comienzan a aplicarse simultáneamente con el Código Penal este 3 de agosto. Comisión dará seguimiento a la aplicación del Código La entrada en vigencia de la nueva legislación estará acompañada por una Comisión de Seguimiento creada por el presidente Luis Abinader para observar su implementación. La comisión está presidida por el expresidente del Tribunal Constitucional Milton Ray Guevara e integrada, entre otros juristas, por Leyda Margarita Piña Medrano, Julio César Castaños Guzmán y Pedro Balbuena. La puesta en marcha del nuevo Código Penal representa una de las transformaciones de mayor alcance del sistema jurídico dominicano en décadas, tanto por el endurecimiento de determinadas sanciones como por la incorporación de delitos vinculados con fenómenos criminales contemporáneos.  

México estrena una Corte plurinacional: justicia popular y austeridad como pilares

Ministros electos por voto popular reciben Bastón de Mando de pueblos originarios y anuncian recorte de privilegios históricos en el Poder Judicial. Por César Dalmasi Guzmán CIUDAD DE MÉXICO. – El 1 de septiembre de 2025 quedará marcado en la historia mexicana como el día en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se reconectó con el pulso social. Bajo la presidencia del abogado mixteco Hugo Aguilar Ortiz —el primer ministro presidente electo por voto popular—, el máximo tribunal del país inició una era caracterizada por la austeridad, el reconocimiento pluricultural y la promesa de acercar la justicia a los históricamente olvidados. Un discurso que resonó en el Zócalo Ante miles de representantes de pueblos indígenas congregados en la Plaza de la Constitución, Aguilar Ortiz proclamó: “Hoy se reinicia nuestro sistema judicial. La justicia será la voz que defienda a quienes han sido ignorados”. Vestido con bordados tradicionales de su comunidad, el magistrado recibió el Bastón de Mando —símbolo de servicio y responsabilidad— junto a sus ocho colegas ministros, en una ceremonia cargada de simbolismo y esperanza. Austeridad y recorte de privilegios En un gesto sin precedentes, la nueva Corte anunció un plan de austeridad que eliminará jubilaciones millonarias, seguros médicos privados y gastos suntuarios. El objetivo: ahorrar 800 millones de pesos y garantizar que ningún funcionario judicial gane más que la presidenta Claudia Sheinbaum. “Todos nos someteremos a los servicios del ISSSTE”, afirmó Aguilar durante su discurso en la sesión solemne, donde estuvieron presentes los titulares de los tres poderes del Estado. Reconciliación entre poderes La ceremonia de instalación de la nueva Corte marcó el fin de tres años de tensión entre el Poder Judicial y los poderes Ejecutivo y Legislativo. Sheinbaum, el presidente de la Cámara de Diputados Sergio Gutiérrez Luna y la presidenta del Senado Laura Itzel Castillo asistieron al acto, junto a embajadores, gobernadores y el fiscal general Alejandro Gertz Manero. Críticas y esperanzas El ritual de entrega del Bastón de Mando no estuvo exento de controversia. Intelectuales como la lingüista mixe Yásnaya Aguilar advirtieron sobre el riesgo de instrumentalización de las tradiciones indígenas. No obstante, en el Zócalo, la euforia era palpable: “El pueblo votó y Hugo ganó”, coreaban los asistentes, mientras comunidades como los yaquis de Sonora y los rarámuris de Chihuahua alzaban machetes en señal de respaldo. Un largo camino por recorrer La jornada —que inició a las 5:00 a.m. con una ceremonia de purificación y culminó cerca de la medianoche— cerró con un mensaje floral a las puertas de la Corte: “Por una justicia que se reconcilie con el pueblo”. El desafío ahora es transformar las promesas en realidades tangibles para un país que clama por equidad.  

Sentencia contra el Ney Arias impactará en centros salud y pacientes

Pedro Ángel Santo Domingo. – La sentencia de 10 millones de pesos a favor de un paciente que contrajo una bacteria en el hospital Ney Arias Lora, impactará en la protección de los derechos a los pacientes y la responsabilidad de los centros de salud. El abogado especializado en derecho médico, Gilberto Objío Subero aseguró que la decisión de la Suprema Corte de Justicia deja un claro mensaje sobre la necesidad del entorno de atención médica seguro y de calidad. Asimismo, refiere que establece precedentes importantes en términos de responsabilidad patrimonial de la administración y el deber de cuidado en el sector salud. Mencionó que enfatiza la consecuencia de una infección nosocomial. “Este deber no solo abarca la provisión de tratamientos médicos adecuados, sino también la garantía de un entorno seguro que prevenga riesgos adicionales para la salud, como son las infecciones nosocomiales”, precisó. En una entrevista publicada por el portal www.resumendesalud.net, subrayó que la inacción o el incumplimiento de los protocolos de higiene y control de infecciones pueden tener consecuencias legales significativas para las instituciones de salud. “En segundo lugar, la resolución judicial resalta la responsabilidad patrimonial de la administración. Este principio establece que las entidades públicas (y por extensión, los centros de salud públicos) deben compensar a los individuos por los daños causados por su funcionamiento o por su inacción”. Manifestó que la indemnización ordenada por la corte, que incluye tanto daños materiales como morales, así como el interés judicial sobre la suma indemnizatoria, refleja la aplicación de este principio. “El rechazo de la defensa del hospital sobre la caducidad de la acción por presentarse fuera del plazo legal de dos años, basado en la ocurrencia de daños continuados que renuevan el plazo para recurrir, es un aspecto crucial de la sentencia”, precisó. Aseguró que “este argumento del tribunal pone de manifiesto la interpretación flexible y orientada a la justicia de los plazos procesales, especialmente en casos donde los daños sufridos por la víctima son de naturaleza continuada”. Precisó que la decisión de la SCJ en este caso sirve como un recordatorio y una advertencia a los centros de salud sobre la importancia de adoptar y seguir rigurosamente los protocolos de higiene y control de infecciones. “La sentencia no solo busca compensar a la víctima por los daños sufridos sino también promover una mejora en las prácticas de salud pública, con el objetivo de prevenir futuros casos de infecciones nosocomiales”.