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TC deja en estado de fallo acción contra ley que eliminó las candidaturas independientes

Jesús Rodríguez sostiene que la supresión de esta figura electoral vulnera derechos fundamentales, contradice un precedente vinculante del Tribunal Constitucional y consolida un monopolio partidario contrario al pluralismo democrático

Por Theo N. Guzmán

SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional (TC) conoció en audiencia pública la Acción Directa de Inconstitucionalidad interpuesta por el politólogo santiaguero Jesús Rodríguez contra la Ley núm. 13-26, normativa que eliminó las candidaturas independientes del ordenamiento electoral dominicano. Concluida la presentación de los argumentos de las partes, la alta corte declaró el expediente en estado de fallo.

La acción constitucional cuestiona la validez de la ley que derogó los artículos 156, 157 y 158 de la Ley núm. 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, disposiciones que regulaban la participación de candidaturas independientes en los procesos electorales.

Según Rodríguez, la legislación impugnada constituye una vulneración grave y manifiesta del bloque de constitucionalidad, al restringir el ejercicio de derechos fundamentales vinculados a la participación política y al acceso a cargos de elección popular.

El accionante sostiene que la eliminación de las candidaturas independientes impone un “monopolio partidario” incompatible con los principios democráticos consagrados en la Constitución, limitando el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegibles, protegido por el artículo 22.1 de la Carta Magna.

“La eliminación material de las candidaturas independientes es una medida regresiva y desproporcionada que no supera el test de razonabilidad. Se está cerrando una vía legítima de participación democrática para los ciudadanos que desean postularse fuera del sistema de partidos tradicionales”, afirmó Rodríguez durante la sustentación de su recurso.

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La instancia sometida ante el Tribunal Constitucional también plantea que el Congreso Nacional habría desconocido un precedente reciente de la propia jurisdicción constitucional. En ese sentido, Rodríguez recordó que mediante la Sentencia TC/0788/24 el tribunal ordenó adecuar la normativa electoral para facilitar la participación de agrupaciones ciudadanas, cívicas y sociales en el respaldo de candidaturas independientes, sin imponerles las mismas exigencias establecidas para los partidos políticos.

A juicio del accionante, en lugar de cumplir con dicho mandato, el legislador optó por eliminar completamente la figura jurídica de las candidaturas independientes, decisión que considera incompatible con los parámetros fijados por el máximo intérprete de la Constitución.

Mediante su acción, Rodríguez solicita que el Tribunal Constitucional declare la inconstitucionalidad total de la Ley núm. 13-26 y disponga la aplicación de la interpretación subsidiaria contenida en la Sentencia TC/0788/24, con el propósito de garantizar condiciones efectivas de participación política para ciudadanos y organizaciones no partidarias.

La controversia coloca nuevamente en el centro del debate nacional la tensión entre el sistema de partidos y las vías alternativas de representación política, un tema que ha generado amplio interés en los ámbitos jurídico, electoral y académico.

Con la declaratoria de estado de fallo, el Tribunal Constitucional iniciará la fase de deliberación interna que culminará con una sentencia definitiva. El pronunciamiento de la alta corte será determinante para definir el alcance de los derechos de participación política y el futuro de las candidaturas independientes en la República Dominicana, en una decisión que podría marcar un precedente de gran relevancia para el sistema democrático nacional.

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